domingo, 26 de abril de 2009

Del voto voluntario y la democracia

Introducción
Un ciudadano es, según la tercera acepción de la RAE (www.rae.es), un "habitante de las ciudades antiguas o de Estados modernos como sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en el gobierno del país". Algo más sencillo ofrece wikipedia, donde se dice que un ciudadano es un miembro de la comunidad política. Además señala que: "La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos"... Bueno, todo eso lo saben de las clases de Educación Cívica" (clase que algunos no tuvieron creo).

El problema (mi problema)
En Chile la ciudadanía era optativa hasta muy poco, el individuo al cumplir los 18 años de edad decidía si ser o no ciudadano. Este hecho dañó tanto el padrón electoral (el universo de votantes) que finalmente se promulgó una ley donde la ciudadanía es automática, aunque la participación en las decisiones políticas (elecciones y plebiscitos) es voluntaria.

Dejar a la voluntad individual la participación política (la ciudadanía anteriormente, y ahora el voto) parece suponer una mayor valoración de la libertad del individuo; en el sentido que no se le imponen obligaciones en relación con el conjunto de su comunidad. Sin embargo, la sociedad sí le impone otras obligaciones, como el aportar con recursos personales para suplir las necesidades económicas del estado, mediante el pago de impuestos. Es fácil concluir que la fórmula en realidad relativiza un derecho (el de participar en las decisiones de la comunidad) y "sacraliza" los deberes (como por ejemplo, el aporte en monedas).

La ciudadanía y/o el voto voluntario son una forma de garantizar la no participación, la desinformación y el descompromizo de los habitantes del país con relación a las decisiones políticas, asegurando el oligopolio de "la clase política" y sus pártidos instrumentales.

En el fondo
Al parecer al asunto tiene que ver con el concepto de soberanía, o más bien con la interpretación del término. Por un lado la soberanía nacional, donde el poder reside en la nación y su voluntad puede estar sujeta a los intereses de unos poco (aquellas capas sociales que comprenden el bien superior de la nación). Por otro lado, está la soberanía popular, donde el poder reside en el pueblo, entendido como el conjunto de la colectividad, y cuya voluntad se obtiene de una aritmética de los intereses particulares.

La Constitución de Chile, en su Árticulo 5º, señala que: "La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio". En buen chileno, es una soberanía nacional ejercida popularmente... El ejercicio de la soberanía se establece mediante el plebiscito (soberanía directa), y las elecciones (soberanía representativa).

Ahora bien, los representantes electos no son mandatados (no están obligados a ejercer la voluntad de sus electores), sino que son autónomos y responsables de lo que deciden. De esta manera el cumplimiento de la voluntad popular no está garantizada; como bien corresponde a una soberanía nacional.

Desenredando la madeja
En este contexto constitucional, la discusión sobre la inscripción voluntaria o automática con voto voluntario son distintas formas de la misma exclusión política. El problema no es si el voto (el ejercicio soberano) es voluntario. El problema está en definir si aquel que ejerce el voto es soberano.

El real cambio consiste en definir que nuestra democracia se basa en la soberanía popular. Donde el derecho a a participar de las decisiones colectivas (la ciudadanía) se adquiere sin mediar trámite burocrático, al cumplir la mayoría de edad. Y el deber del ejercicio responsable y soberano se cumple mediante la particpación obligatoria en plebiscitos y elecciones.

En resumen
Soberanía popular, voto soberano, ciudadanía por defecto y voto obligatorio.

 
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